Google

 

Turismo

 


Constitución Europea en Español

Parte III

DE LAS POLÍTICAS Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN 

TÍTULO III 

POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS

CAPÍTULO V

ÁMBITOS EN LOS QUE LA UNIÓN PUEDE DECIDIR REALIZAR UNA ACCIÓN DE APOYO, COORDINACIÓN O COMPLEMENTO

SECCIÓN 4

TURISMO

Artículo III-281

1. La Unión complementará la acción de los Estados miembros en el sector turístico, en particular promoviendo la competitividad de las empresas de la Unión en este sector. Con este fin, la Unión tendrá por objetivo: 

a) fomentar la creación de un entorno favorable al desarrollo de las empresas en este sector; 

b) propiciar la cooperación entre Estados miembros, en particular mediante el intercambio de buenas prácticas.

2. La ley o ley marco europea establecerá las medidas específicas destinadas a complementar las acciones llevadas a cabo en los Estados miembros para conseguir los objetivos mencionados en el presente artículo, con exclusión de toda armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros.

.-.-.

Denominación de la RAE de Disposición

.-. Imprimir .-.

-.-.-.-


Realizamos programas para la gestión de empresas. Empresas medianas y pequeñas. Programas de contabilidad, cartera de pedidos clientes proveedores, facturación control de albaranes, tesorería cartera de cobros y pagos y estadísticas.

Nuestro agradecimiento a todos los que por unas causas o por otras visitan nuestra web. Gestión de empresas PYMES. Constitución de la Unión Europea en español - Ámbitos en los que la unión puede decidir realizar una acción de apoyo, coordinación o complemento - Turismo.